Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil
25 abril, 2021

Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

Con el Decreto donde se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), se repite una constante en este gobierno:  La intención parece buena, la ejecución es terrible. Y te voy a explicar porqué lo pienso así.

¿En qué consiste este Padrón?

En estas modificaciones se obliga a la creación de una base de datos, con información de todas las personas físicas o morales que tenga una línea móvil, que en base a los últimos datos del IFT que reportaron en febrero de este año, mencionan que existen más de 120 millones de líneas activas en el país.    Mencionan que el objeto de dicha base es: colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”.

  Y establece y ordena que sea el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) como el responsable de:

  • Instalar, operar, regular y mantener el Padrón;
  • Procurar su buen funcionamiento y el intercambio de información con las autoridades competentes;
  • Generar procedimientos para validar la información que deba incorporarse al Padrón conforme a los sistemas informáticos y procedimientos que se establezcan para tal efecto; y
  • Habilitar mecanismos de consulta sobre los números asociados a las personas que acrediten su titularidad
 

Esta base de datos debe recopilar de cada uno de los 120 millones de líneas existentes, y es donde se empieza a complicar seriamente el asunto, lo siguiente:

  1. Número de línea telefónica móvil;
  2. Fecha y hora de la activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM;
  3. Nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario, nacionalidad; Número de identificación oficial con fotografía o Clave Única de Registro de Población del titular de la línea;
  4. Datos Biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral, conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que al efecto emita el Instituto;
  5. Domicilio del usuario;
  6. Datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados; y
  7. Esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea pospago o prepago

¿Qué sigue?

Una vez publicado hay obligaciones que cumplir en plazos determinados.  Por parte del IFT tiene 180 días para expedir las disposiciones para recabar este Padrón. Una vez expedido, los concesionarios (Telcel, Movistar, ATT, Altan Redes, Valor Telecom, etc) tienen un plazo de 6 meses para realizar el registro de los nuevos usuario, teniendo 2 años para cumplir con estos requerimientos (Abril 2023 aproximadamente).  Los concesionarios están obligados a realizar este registro de la siguiente manera:

  • Recabar e ingresar la información: sobre la identidad, datos biométricos y domicilio del usuario, así como proporcionar la información con la cual se integrará el Padrón.
  • Mantener actualizado el Padrón: registrarán la información relativa a altas, bajas, y demás movimientos asociados a la línea telefónica móvil.
  • Cubrir costos: De implementación, mantenimiento y operación, incluyendo los de conectividad a los servidores del Padrón.

Y el IFT con su mismo presupuesto autorizado, debe realizar las erogaciones que se generen con motivo de instalar, operar, regular y mantener el Padrón.   Y existe todo un listado de penalizaciones para los concesionarios, por no cumplir con estos procesos, omitir o hacer uso indebido de la información que se recopile

Fingerprint

¿Qué va a pasar?

Hoy ya tenemos varias reacciones por parte de entidades políticas, privados y población en general. Y estaremos viendo más reacciones en la próximas semanas.   El IFT debe tratar de cumplir con sus nuevas obligaciones, sin embargo no tiene presupuesto. Hablan que necesitan 700 millones de pesos para poder instalar, operar, regular y mantener el Padrón. Si no los tienen, será difícil que puedan realizarlo adecuadamente. Por otro lado,  estamos viendo ya los primeros amparos por personas físicas y morales. Se tiene un plazo de 30 días hábiles a partir de la publicación. Hay despachos buscando generar amparos masivos y seguramente veremos una gran cantidad antes de la fecha límite.

Tanto la CNDH como el INAI pueden promover una controversia constitucional. La CNDH seguramente no lo hará por temas ideológicos y esperemos a ver si el INAI hace algo al respecto.

¿Por qué es una buena idea, mal ejecutada?

El tener un registro de cada línea móvil no es una mala idea. Ya existe en muchos países, sin llegar al tema biométrico, donde es efectivamente una herramienta de control.  ¿Con esto se va a disminuir de manera importante la extorsión o los delincuentes registraran sus datos? Por supuesto que no.  Y si realmente quieren disminuir la extorsión telefónica, no necesitan ningún registro. Saben perfectamente dónde encontrarlos, simplemente no pueden, no quieren hacerlo, o ambas cosas.

Financiera  y logisticamente lo que piden es prácticamente imposible.  El colocar lectores biométricos o de lectura de iris en los miles de puntos donde hoy se vende un SIM celular es inviable.  Un Centro de Atención, una tienda de autoservicio, OXXO, tiendas de reparación de celulares, la farmacia del pueblo en la sierra, la tienda de celulares que vende de todas las marcas y el ejército de gente de todas las compañias en la calle haciendo portabilidades.   Hay que resolver este tema, antes de preocuparnos sobre el que harán con esa información.  Que existen grandes dudas al respecto, por las varias manos por las que tiene que pasar esta información y por la no grata experiencia que tenemos, del esfuerzo inicial que se hizo hace unos años con el RENAUT, donde al poco tiempo de generar esa base, ya se estaba comercializando en Tepito.

Especialistas afirman que se incumple el “principio de presunción de inocencia” ya que si alguien clona tu número o suplanta tu identidad, lo cuál es relativamente sencillo si tienen tus datos biométricos, y comete algún delito será muy complicado el poder demostrar tu inocencia ante un juez.  Una vez comprometidos tus datos, hay un riesgo muy elevado el que puedes correr.

Son demasiadas obstáculos por los que tiene que transitar este  decreto. Hay que esperar y ver cómo va avanzando el tema de los amparos y esperar los siguientes pasos legales.  Los operadores en algún momento tendrán que reaccionar de alguna manera.  Y como usuarios, hay cerca de 2 años que podemos esperar y ver cómo transita esto, para decidir si fuera necesario, registrar la o las líneas que tenemos.

Daniel Hakim

sobre el autor Daniel Hakim

Digital Speaker- Hablemos de transformación digital. #DanielHakimmx

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